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TRIBUNALES

Condenan al Gobierno de Navarra por excluir a personas con discapacidad de las listas de contratación

La exclusión ha afectado a las personas apuntadas para ejercer como conserjes de centros educativos de la Comunidad foral.

Una persona con daño cerebral adquirido pasea con una silla de ruedas motorizada. ARCHIVO.
Una persona con movilidad reducida pasea con una silla de ruedas motorizada. ARCHIVO.

El sindicato UGT ha informado de que el Juzgado Contencioso Administrativo de Navarra ha condenado al Gobierno de Navarra "a resarcir por daños y perjuicios a personas con discapacidad que fueron excluidas irregularmente de las listas de contratación temporal para plazas de conserje de centros educativos".

El sindicato ha destacado que esta sentencia "afecta a un colectivo de más de 300 personas con discapacidad que formaban parte de las listas de contratación temporal y que fueron excluidas arbitrariamente por la Administración foral del proceso de contratación de conserjes de centros educativos".

Así lo han dado a conocer este miércoles en una rueda de prensa el secretario de Administración Núcleo de la Federación de Servicios Públicos de la UGT de Navarra (FeSP-UGT), Jesús Elizalde, y el responsable de personal no docente del sector de enseñanza del sindicato, José Antonio Albiz.

La demanda fue interpuesta por UGT tras una queja previa al Defensor del Pueblo "por considerar que se estaba vulnerando el derecho de las personas con discapacidad incluidas en las listas de contratación y para exigir que las valoraciones de las personas con discapacidad aspirantes a la contratación temporal las hicieran los órganos competentes en la materia y con capacidades técnicas adecuadas y no el departamento de recursos humanos del propio Departamento de Educación", ha explicado el sindicato en una nota.

El origen de este conflicto tiene lugar en 2015 en una convocatoria para la provisión de 43 puestos de trabajo de conserje al servicio de la Administración de la Comunidad foral.

"Pudimos constatar en múltiples ocasiones que el Departamento de Educación, a través de su sección de RRHH, estaba sometiendo a las personas con discapacidad igual o superior al 33% a una valoración de sus aptitudes físicas para la realización de las tareas laborales del puesto de conserje", ha señalado Albiz.

"Para ello, sirviéndose de un cuestionario, la sección de RRHH de Educación, enumeraba las patologías que eran coincidentes literalmente con las lesiones y limitaciones de las personas que integran las listas de contratación del turno de discapacidad", ha explicado el sindicato.

Este cuestionario era enviado desde el Departamento de Educación a los centros que necesitaban realizar la sustitución de alguno de los puestos de conserje. Los centros a su vez, rellenaban y devolvían el cuestionario a la sección de RRHH, "donde atendiendo al parecer y el capricho de los equipos directivos de los centros educativos, elegían a la carta el tipo de trabajador con discapacidad que querían que fuese a su centro a trabajar", han censurado los responsables de UGT.

"Todas aquellas personas que encontrándose como disponibles en las listas de contratación y, coincidentes con las patologías y limitaciones rechazadas por los centros educativos, eran descartadas automáticamente de las listas para contratar a aquellas otras personas que, aun encontrándose en puestos de menor mérito y capacidad, según el orden establecido por la nota obtenida en la convocatoria, cumplían con los requisitos arbitrarios aplicados por las direcciones de los centros educativos en connivencia con la sección de RRHH del Departamento de Educación", ha asegurado el sindicato.

A esto se unió la aprobación en 2015 de la Ley Foral 13/2015, de 10 de abril, de modificación del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la cual se establecía que "en las listas de aspirantes a la contratación temporal se reservará la primera de cada tres plazas para ser cubierta por las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 que se encuentren incluidas en la misma, siempre que hayan superado las correspondientes pruebas selectivas y que acrediten la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes".

Dos circunstancias que, en opinión de UGT, "vulneraban el derecho de las personas con discapacidad incluidas en las listas de contratación", por lo que los afectados, a través de los servicios jurídicos del sindicato, iniciaron el procedimiento ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Navarra, cuyos fallos se conocieron el pasado 9 de marzo de 2018 "y que han resultados firmes, al transcurrir el periodo de recurso sin que la administración ejerciera su derecho a recurrir".


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