• viernes, 19 de abril de 2024
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POLÍTICA

Absuelven a un etarra por falta de pruebas: estaba acusado de atentar en la sede del PSE en Lazcano

El tribunal ha entendido que ya cumplió condena en Francia por un delito de asociación de malhechores, por lo que considera que es "cosa juzgada".

Movilizaciones convocadas con motivo de la celebración en París del juicio contra los etarras Ugaitz y Jotas. PABLO LASAOSA 03
Movilizaciones convocadas con motivo de la celebración en París del juicio contra los etarras Ugaitz y Jotas. PABLO LASAOSA

La Audiencia Nacional ha absuelto al etarra Ugaitz Errazkin del delito de estragos terroristas al no quedar probado que participara en un atentado con explosivos en la sede del PSE de Lazcano (Guipúzcoa), el 23 de febrero de 2009, hechos por los que la Fiscalía pedía para él 23 años de cárcel.

Además del delito de estragos, por el que el fiscal le reclamaba 15 años de prisión, también estaba acusado de otro de pertenencia a organización terrorista, por el que se enfrentaba a 8 años.

De este delito también ha quedado absuelto al entender el tribunal que le juzgó, la sección segunda de lo Penal, que ya cumplió condena en Francia por un delito análogo, asociación de malhechores, por lo que considera que se trata de "cosa juzgada".

Errazkin fue entregado este mes de abril por las autoridades francesas para ser juzgado por este atentado como integrante del comando Ezuste de ETA junto a los etarras ya condenados en sentencia firme por estos hechos, Manex Castro y Beinat Aguinagalde, quienes planificaron y ejecutaron esta acción, que causó graves desperfectos en la sede del PSE.

Si bien la sentencia considera acreditado que se cometió el atentado con un artefacto confeccionado en el domicilio de los padres de Manex Castro, "no ha quedado acreditado que el acusado Ugaitz Errazkin, integrante en esas fechas del comando Ezuste, tuviera intervención en los hechos objeto de enjuiciamiento".

Pese a que en sede policial el acusado se incriminó a sí mismo en estos hechos, los magistrados -María José Rodríguez, María Riera y Juan Pablo González (ponente)- tienen en cuenta que no ratificó esta declaración ante el juez.

Así, y en ausencia de prueba directa, que, a su juicio, tampoco aportan los informes periciales y los de inteligencia, la Sala concluye que no hay ningún elemento incriminatorio que permita vincular al acusado con el atentado.

Añade además la sentencia, "la inferencia basada en el único dato de la pertenencia del acusado al mismo comando en la fecha de los hechos, dos de cuyos integrantes han sido condenados por los mismos hechos, es excesivamente débil y abierta y no permite alcanzar una conclusión firme para imputar la participación del acusado en el concreto hecho delictivo".

Según el relato de hechos probados de la sentencia, que no incluye al acusado ahora absuelto, el 23 de febrero de 2009 miembros del comando Ezuste -entre ellos los dos condenados- ejecutaron esta acción contra la sede del PSE con un artefacto "compuesto por una carga de entre 8 a 10 kilos de explosivos con base de nitrato de amonio y aluminio y multiplicador de alto poder explosivo".

En torno a las tres de la madrugada el artefacto explotó, lo que causó importantes desperfectos en la sede del PSE, en viviendas colindantes, con daños en ventanas y grietas, y en los vehículos estacionados en las proximidades.

Los daños en viviendas fueron tasados en 762.458 euros y los relativos a vehículos valorados en 5.251 euros. La organización terrorista reivindicó el atentado en un comunicado al diario Gara, el 15 de junio de 2009.


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