• jueves, 18 de abril de 2024
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SOCIEDAD

Pamplona ofrece una fórmula para que los comerciantes calculen el aforo de su local y abran este lunes

Los hosteleros pueden solicitar la ampliación de sus terrazas por email y el Ayuntamiento se compromete a tramitarlo en una semana.

Una terraza en el parque de Yamaguchi durante la primera ola de calor del verano en Pamplona. IÑIGO ALZUGARAY
Una terraza en el parque de Yamaguchi durante la primera ola de calor del verano en Pamplona. IÑIGO ALZUGARAY

El Ayuntamiento de Pamplona ha facilitado a los comerciantes de la ciudad una fórmula para facilitar el cumplimiento de las restricciones de aforo impuestas para su reapertura mañana lunes 11 de mayo. Así, para conocer cuántas personas pueden permanecer al mismo tiempo en el interior de un local guardando la distancia de seguridad de 2 metros y llegando al 30% de aforo, únicamente tienen que dividir el total de metros cuadrados del local entre 6,66. El resultado indicará el número de personas máximo que puede admitir a la vez.

Esta fórmula parte de que la ocupación en establecimientos comerciales es de 2 m2 por persona, por lo que la ocupación teórica de un local de 100m2 sería de 50 personas. Las normas establecidas para garantizar la distancia de seguridad sanitaria establecen una separación de 2 metros entre personas. Esto significa que se debe establecer un círculo de 1 metro de radio alrededor de cada persona para garantizar el mantenimiento de dicha distancia.

Esto supone una superficie de 3,14 m2 por persona. Por tanto, la ocupación máxima para garantizar el cumplimiento de dichas condiciones en un local de 100 m2 el resultado de dividir 100 entre 3,14, es decir, 31,83 personas (32 personas). Además, se establece otra limitación: el aforo máximo se limita al 30% del aforo del local.

Por tanto, el aforo permitido será de 50 x 0,30 = 15 personas. Al operar la más restrictiva, deberá establecerse en este caso un aforo de 15 personas. Es decir, para calcular el aforo del local será necesario dividir la superficie de ventas por 6,66: dividiendo 100 entre 6,66 se obtiene el resultado de 15 personas.

Si para el cálculo del aforo del local se quieren incluir zonas de almacenaje, aseos, etc, se puede calcular que la superficie de dichos elementos supone aproximadamente un 20% de la superficie total del local. Por tanto, la superficie de un local con zona de ventas de 100 m2 será de 120 m2. Para obtener el aforo de 15 personas, será necesario dividir la superficie del local por 15, dando como resultado 8. Es decir, para calcular el aforo de un local que contemple las zonas de almacenaje, aseos y etc., se dividirá la superficie total entre 8.

También para facilitar a los hosteleros la reapertura de sus negocios adecuándolo a la nueva normativa, el Ayuntamiento de Pamplona ha facilitado un documento donde se recogen datos para calcular aforo y se facilita además una dirección de correo electrónico para que los hosteleros puedan trasladar todas sus consultas y también solicitar ampliación de sus terrazas. Se trata del correo [email protected]. El Ayuntamiento se compromete a tramitar en una semana todas las solicitudes de ampliación.

Según lo establecido, desde mañana lunes 11 de mayo los hosteleros podrán abrir sus terrazas con un aforo del 50%. Para quienes en su autorización de terraza no se indique número de mesas sino el de superficie, se calculará el módulo de mesas y cuatro sillas en 3,5 m2. De esta manera, dividiendo la superficie entre 3,5 se obtendrá el número de mesas máximo, al que habría que aplicar la reducción de aforo del 50% dividiendo el resultado entre dos.

Si el número resultante no es entero se redondeará al alza. Los casos excepcionales como bancos, barriles, mesas altas y taburetes u otros elementos se calcularán con el mismo criterio. En cualquier caso, el Área de Seguridad Ciudadana decidirá sobre las controversias que puedan surgir.

Se autorizan las reuniones en las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración de hasta un máximo de diez personas por mesa o agrupación de mesas. Mientras la terraza esté en funcionamiento se permite encadenar las mesas y sillas sobrantes en la misma ubicación que ocupan en la distribución ordinaria de la terraza, al objeto que sirvan para mantener la distancia social preventiva entre los ocupantes de las diferentes mesas. En caso de no permanecer encadenadas de dicha forma deberán ser retiradas de la vía pública, no permitiéndose su apilamiento en la vía pública mientras esté en funcionamiento la terraza.

Mientras la terraza esté en funcionamiento, los barriles, mesas altas, taburetes o similares sobrantes, deberán retirarse de la vía pública. Una vez distribuidas las mesas, deberá quedar una distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas. No se permitirá la instalación en la vía pública de elementos auxiliares del servicio, como la vajilla, cristalería, cubertería o mantelería.

Se podrá solicitar superficie de ampliación o nueva instalación de terraza. Para su autorización se mantienen con carácter general los criterios de la ordenanza reguladora de la instalación de terrazas y otros elementos asociados a la hostelería y al comercio en la vía pública actualmente en vigor. 

Las autorizaciones de ampliación o instalación de nueva terraza serán provisionales hasta que el Ayuntamiento considere hayan desaparecido las circunstancias actuales que motivan su instalación. En cualquier caso, nunca se podrá autorizar ampliación o instalación de nueva terraza que suponga una merma en la sección de tránsito de los peatones. Las autorizaciones deberán garantizar que se respete una distancia libre entre la terraza y las fachadas de al menos 2,5 metros.


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