• jueves, 28 de marzo de 2024
  • Actualizado 13:32
 
 

SAN FERMÍN

La Junta Electoral admite el cartel finalista de San Fermín en el que aparece una candidata de Bildu

El cartel número 8 'Txist-jazz!' ha sido admitido por unanimidad ya que "no vulnera la ley electoral".

La candidata de Bildu al Congreso, Verónica Ferreria, en el dossier adjuntado al cartel que encabeza para la votación popular de la imagen promocional de los próximos Sanfermines AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA 1
La candidata de Bildu al Congreso, Verónica Ferreria, en el dossier adjuntado al cartel que encabeza para la votación popular de la imagen promocional de los próximos Sanfermines AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA

La Junta Electoral de Zona ha determinado que el cartel número 8, ‘Txist-jazz, Yeah!’ no infringe el artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, por lo que “no ha lugar a acordar [su] retirada”, ha señalado el Ayuntamiento de Pamplona en una nota.

Este cartel es uno de los ocho finalistas del Concurso de Carteles de San Fermín de este año y fue denunciado al aparecer en él la imagen la candidata de Bildu al Congreso, Verónica Ferreria.

La resolución de este órgano se basa en los argumentos aducidos por el Ayuntamiento de Pamplona en el escrito presentado ante la Junta el 25 de abril y que la Junta da por reproducidos como motivación de su fallo.

Entre sus argumentos el Consistorio alegaba que el cartel no es “integrable en ninguno de los actos prohibidos del artículos 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General” que establece la prohibición de reproducir imágenes o expresiones coincidentes o similares a las usadas en esa formación en la campaña electoral; también que sin la denuncia “resultaría prácticamente imposible saber que la txistulari es la candidata” y “que no resulta explicable cómo [la imagen] pueda influir en el sentido del voto ciudadano para el Congreso de los Diputados”.

Recuerda el Ayuntamiento de Pamplona, además, que el procedimiento del concurso es una reproducción exacta del sistema utilizado en ediciones anteriores y que por la fecha de preparación de los originales “el autor o autora con toda probabilidad no podía saber fehacientemente que la persona que representa en el cartel iba a ser con posterioridad incluida en una lista electoral”.

Finalmente, argumenta el Consistorio que la persona responsable de la autoría del cartel, si este cumple las bases de la convocatoria, tiene un derecho subjetivo a que su obra forme parte los carteles sometidos a votación, un derecho vinculado a que la mera selección “ya supone un hito importante en su curriculum artístico”.


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La Junta Electoral admite el cartel finalista de San Fermín en el que aparece una candidata de Bildu