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PAMPLONA

Prevención y promoción del tiempo libre: Pamplona convoca las ayudas a organizaciones infantiles y juveniles

Para obtener la subvención es necesario indicar el proyecto y los objetivos planteados en la convocatoria, así como su viabilidad.

Una imagen de menores de edad
Una imagen de menores de edad. ARCHIVO

El Ayuntamiento de Pamplona ha convocado las subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos comunitarios de prevención y promoción en el ámbito del ocio y tiempo libre de la población infanto-juvenil durante 2019.

Las solicitudes se pueden presentar hasta el 19 de agosto de forma telemática en la sede electrónica municipal o a través de los registros establecidos en la ley.

La convocatoria cuenta con un presupuesto de 45.000 euros, el mismo que el año pasado. En 2018 recibieron esta subvención tres asociaciones sin ánimo de lucro.

La convocatoria se recoge en el Boletín Oficial de Navarra número 140 de 19 de julio de 2019. Se trata de financiar proyectos de prevención primaria dirigidos a menores y jóvenes que se basen en actividades de ocio y tiempo libre abiertas a toda la población y con una orientación de tipo socioeducativo. Cada entidad solicitante podrá presentar y recibir subvención para realizar un solo proyecto, tanto si concurre de manera individual como si lo hace representando a una agrupación de entidades.

El proyecto presentado podrá formar parte de un proyecto o programa mayor. En este caso, se deberá especificar claramente cuál es la parte del proyecto o programa que opta a la subvención y su coste. La cuantía máxima que se puede conceder no podrá superar el 80% del presupuesto total del proyecto presentado.

Las entidades que vayan a concurrir a esta convocatoria deben ser personas jurídicas legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro; carecer de ánimo de lucro; tener domicilio social o delegación permanente en Pamplona; tener como fin expreso en sus estatutos la atención e intervención social en el ámbito de la promoción y prevención de la infancia y la adolescencia; disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales; y no tener suscrito convenio de colaboración, una contratación de servicios u otro tipo de contratos o compromisos con el Ayuntamiento.

OBJETIVOS Y REQUISITOS DE LOS PROYECTOS

Los proyectos para los que se solicita subvención deberán incluirse en el ocio y tiempo libre de la población infanto-juvenil y desarrollar actividades comunitarias de carácter colectivo, grupal y social con contenidos socio-educativos y culturales en el ámbito extraescolar.

Esas actividades garantizarán la existencia de recursos accesibles para el conjunto de la población infanto-juvenil residente en los barrios de la ciudad, permitiendo una ocupación educativa y compartida de sus periodos de ocio; conformar iniciativas abiertas a todos los niños, niñas y jóvenes basadas en metodologías participativas; integrarán a menores y jóvenes en situación de déficit personal, familiar o ambiental, que se encuentren en riesgo de desprotección; o fomentarán entre las personas participantes el voluntariado social como recurso dinamizador, entre otros objetivos.

Esos proyectos deben, además, reunir una serie de requisitos. Entre ellos, deben tratarse de proyectos concretos y no solamente de actividades aisladas; deben ejecutarse, con carácter general, en el ámbito territorial de Pamplona y, en concreto, en una zona específica; debe estar suficientemente desarrollada y justificada la información referida a los objetivos, actividades, espacios a utilizar, recursos humanos y materiales, tiempos de ejecución, seguimiento de la actividad, sistemas de evaluación…; o ejecutarse en este año 2019.

Para la adjudicación de las ayudas, se valorarán aspectos de los proyectos como la coherencia entre la finalidad de la entidad y los objetivos planteados en la convocatoria, la calidad técnica del proyecto y su viabilidad. Se computarán como gastos subvencionables los de personal (remuneración personal imputada a la actividad en cuantía proporcional al tiempo que dediquen), los gastos de funcionamiento y administrativos (bienes y servicios, suministros…), los gastos directamente relacionados con la actividad subvencionada y los tributos no locales cuando el beneficiario de la subvención los abona directamente.


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