• jueves, 28 de marzo de 2024
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SOCIEDAD

El Ayuntamiento abre expediente a Casa Sabicas por incumplimientos de horario y quejas vecinales

El Consistorio mantendrá también reuniones con la asociación para evaluar las quejas recibidas y estudiar posibles soluciones.

Fachada de Casa Sabicas, en la calle del Carmen de Pamplona
Fachada de Casa Sabicas, en la calle del Carmen de Pamplona

El Ayuntamiento de Pamplona ha iniciado expediente a Casa Sabicas, ubicada en un local municipal de la calle del Carmen 20 cedido a la Asociación de Gitanos de Navarra San Fermín, tras reiterados incumplimientos de horario y continuas quejas vecinales. Esta incoación de expediente se ha dado a conocer en la Comisión de Presidencia celebrada en el Ayuntamiento de Pamplona.

Tal y como señala el procedimiento, el Consistorio concede a la Asociación Gitanos de Navarra San Fermín trámite de audiencia para que pueda formular las alegaciones que estime oportunas. El Ayuntamiento de Pamplona apuesta por garantizar la existencia del proyecto cultural actual, pero siempre dentro de los parámetros del convenio que se firmó en su día. Por ello, el Consistorio mantendrá también reuniones con la asociación para evaluar las quejas recibidas y estudiar posibles soluciones.

En octubre de 2013, mediante resolución municipal, el Ayuntamiento aprobó la cesión gratuita del local municipal de la calle del Carmen número 20 a la Asociación de Gitanos de Navarra San Fermín para destinarlo al desarrollo del proyecto Sabikerando, que tenía por objeto la organización de proyectos que fomenten la convivencia intercultural y la difusión de las aportaciones de la cultura gitana, así como el desarrollo de los fines recogidos en sus estatutos como “promocionar al pueblo gitano, social, humana y culturalmente en su integración en la sociedad sin perder su cultura gitana”.

Tanto en la resolución de junio de 2014 que otorgaba licencia de actividad clasificada y obras para centro cultural y de reuniones como en la de diciembre de 2014 que otorgaba la licencia de apertura, se señalaba de forma expresa que quedaba “prohibida la utilización del local cedido para la realización de actividades económicas que no se contemplan en los estatutos de la asociación, especialmente aquellas consideradas como molestas, insalubres, nocivas o peligrosas, y de forma expresa el uso de bar. El horario de finalización de las actividades a realizar en el local no podrá exceder entre semana de las 22 horas y en fines de semana de las 24 horas”. El incumplimiento de esas obligaciones ha generado tanto denuncias de la comunidad de vecinos como partes de incidencia de la Policía Municipal.

Incumplimientos de horario y de tipo de actividad

En mayo de 2014, un mes antes de concederse la licencia de obras, la comunidad de vecinos de la calle del Carmen 20 presentó una denuncia por inicio de obras sin licencia. Días después, por resolución municipal se ordena la paralización de esos trabajos y se hace constar, tras una visita de inspección, que se habían llevado a cabo obras para la instalación de tomas de agua, desagüe y enchufes de corriente eléctrica en una zona fuera de ordenación, es decir, en una zona no recogida en el expediente de cesión del local y que no pertenecía por tanto al acuerdo entre el Ayuntamiento y la asociación. Además, las tasas correspondientes a la licencia de obras y de actividad, así como la licencia de apertura para centro cultural y de reuniones, se encuentran pendientes de pago habiendo expirado el plazo de ingreso en periodo voluntario e iniciándose el periodo ejecutivo.

Desde noviembre de 2014 se han sucedido las quejas vecinales por el incumplimiento de las obligaciones de la cesión del local en relación tanto al horario de cierre como a la publicidad respecto a la celebración de actuaciones previo pago de entrada. La Policía Municipal de Pamplona ha elaborado también varios partes de incidencias en los que reflejaba la posibilidad de acceder al local fuera del horario establecido (incluso a las 4.30 horas el 1 de enero de 2015), la venta de consumiciones y bocadillos, la emisión de música en el interior del local pasada la medianoche o la publicidad con carteles de distintas actividades como clases de baile, espectáculos o celebraciones de cumpleaños, bodas, bautizos o cenas de empresa.

Tal y como recoge el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra en su artículo 117, el incumplimiento de los condicionamientos, limitaciones y garantías establecidas en el acuerdo de cesión podría derivar en la reversión del uso del local municipal al Ayuntamiento.


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