• jueves, 18 de abril de 2024
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TRIBUNALES

Le asfixió con un lazo de tela: juzgan a una madre psicótica por asesinar a su hijo de 7 años

La mujer, de 38 años, se enfrente a la pena de prisión permanente revisable.

La Guardia Civil registra el domicilio donde se cometió el crimen EUROPA PRESS
La Guardia Civil registra el domicilio donde se cometió el crimen EUROPA PRESS

Ana María B.L., la mujer de 38 años que se enfrenta a la pena de prisión permanente revisable acusada de matar a su hijo de siete años afectada parcialmente por un trastorno psicótico agudo, ha sido citada este viernes para comparecer en el juzgado instructor para celebrar la audiencia preliminar que supone el paso previo a su enjuiciamiento por un jurado popular.

La procesada, a la que se atribuye la presunta comisión de un delito de asesinato con alevosía y otro de atentado a la autoridad ya que intentó atropellar presuntamente a uno de los agentes de la Guardia Civil que iban a detenerla, asistirá por videoconferencia desde el centro penitenciario provincial de El Acebuche a partir de las 10.00 horas, según han indicado a Europa Press desde el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

La audiencia preliminar, prevista en el artículo 30 de la Ley del Jurado, es la segunda que se celebra y se hace a petición de la defensa de Ana María B.L., cuyo letrado también ha presentado ante el Juzgado de Instrucción 3 del que es titular la magistrada Ana Belén Vico su escrito de conclusiones.

Las acusaciones pueden modificar en este trámite los términos de su petición de apertura de juicio oral una vez se hayan practicado las diligencias solicitadas por las partes y admitidas aunque no es admisible la introducción de nuevos elementos que alteren el hecho justiciable o la persona acusada.

La Fiscalía de Almería solicita prisión permanente revisable para Ana María B.L. si bien estima que "padece un trastorno psicótico agudo y transitorio" que alteró "parcialmente" su capacidad de decidir o volitiva en el momento del crimen.

Estima que hay una atenuante analógica de anomalía o alteración psíquica tanto cuando "colocó un lazo de tela en el cuelo del menor y apretó hasta asfixiarlo", como cuando intentó atropellar a los agentes. En el delito de asesinato, aplica la agravante de parentesco.

Según recoge el escrito de calificación, de 15 de septiembre y al que ha tenido acceso Europa Press, la procesada causó la muerte a su hijo Sergio en la mañana del 10 de octubre de 2019 "mientras se encontraba, de forma confiada e inocente, tumbado en la cama del dormitorio principal de la vivienda y era totalmente ajeno a la intencionalidad criminal" de su madre.

La fiscal María Ángeles González Magán remarca que la acusada "era plenamente consciente" de la superioridad "que le otorgaba la edad y la "diferente estructura corporal" y que "le ocasionó la muerte de forma deliberada cuando se encontraba totalmente desprevenido y con absoluto desprecio a la vida de su hijo menor".

"De forma súbita y repentina, de modo que la víctima no podía de ninguna forma esperar tal ataque proveniente de la misma, procedió con evidente y desproporcionada fuerza física a colocar un lazo de tela en el cuello del menor y apretar hasta asfixiarlo, provocándole la muerte debido a la gran presión ejercida y ello con plena conciencia de asegurarse tal resultado mortal al no tener la víctima oportunidad de defenderse habida cuenta su condición vulnerable y su natural indefensión", subraya.

El escrito de acusación contra Ana María B.L., para quien la Fiscalía pide que se mantenga la medida cautelar de prisión preventiva hasta que se haya sentencia condenatoria firme, indica que Sergio murió por "anoxia anóxica por estrangulamiento, por cierre laringo-traqueal secundario al efecto constrictor del lazo de la estrangulación".

De acuerdo al relato de hechos, la acusada trasladó en el asiento delantero derecho del vehículo el cuerpo sin vida del menor hasta el domicilio de una conocida en Las Norias de Daza, en El Ejido (Almería).

Cuando la mujer "vio los evidentes signos de anoxia que presentaba el menor", solicitó, con ayuda de una vecina, la presencia de la Guardia Civil "que trató de interceptar el coche que conducía la acusada".

"Esta, desatendiendo reiteradamente las órdenes de alto de los funcionarios, con un claro menosprecio al principio de autoridad, trató de atropellar con su turismo a un agente, quien en varias ocasiones evitó ser arrollado por el vehículo de la acusada", señala, si bien añade que "finalmente los agentes fracturaron el cristal de la ventana delantera izquierda, procediendo a su detención".

La fiscal alude en su calificación también a que, en el momento de crimen, estaba pendiente la atribución judicial de guardia y custodia del menor a uno de sus progenitores y destaca que, dado los "trágicos hechos", el padre, los abuelos paternos, y sus tíos paternos "están afectados en su estado de salud, presentando sintomatología ansioso depresiva asociada a la pérdida traumática de sus ser querido" al tiempo que sufren "trastorno de estrés postraumático con afectación al desarrollo de sus actividades cotidianas".

Al margen de la pena de prisión permanente por un delito de asesinato con alevosía, el Ministerio Público interesa que se prohíba a Ana María B.L. residir en el lugar donde reside la familia de Sergio o acudir al lugar en el que se ha cometido el crimen por periodo de 30 años, y se fije alejamiento a un kilómetro de los allegados por parte de padre.

Como responsable civil directa, solicite que indemnice con 300.000 euros a su exmarido, con 160.000 euros a cada uno de los abuelos paternos y con 120.000 euros a cada uno de sus tíos "para reparar" el daño moral causado. Por el delito de atentado a autoridad, solicita la pena de 18 meses de prisión.

PROCEDIMIENTO DE CUSTODIA

El Juzgado de Violencia contra la Mujer de Almería otorgó tres días antes del crimen la guardia y custodia a su padre después de que él solicitase modificar las medidas vigentes desde 2017 argumentando "desatención" al menor por parte de su madre.

El padre, quien ha relatado que interpuso hasta diez denuncias contra su exmujer, presentó el 6 de septiembre de este mismo año ante el juzgado, que mantenía abierto un procedimiento por unión de hecho contenciosa, la demanda para la modificación del régimen de guarda y custodia, y la vista, en audiencia pública, para oír a las dos partes se celebró el 4 de octubre.

El procedimiento de unión de hecho contenciosa se inició de forma paralela a unas diligencias previas por vía penal el 5 de abril de 2017, cuando Ana María B.L. presentó un denuncia por presuntos malos tratos del padre de su hijo hacía ella.

El informe de violencia de género fue negativo y se remitieron las diligencias al Juzgado de lo Penal 4 de Almería que dictó sentencia absolutoria en febrero de 2019.

INGRESO PREVIO EN SALUD MENTAL

Ana María B.L. estuvo durante nueve días el pasado mes de julio en una Unidad de Salud Mental después de que el Juzgado de Primera Instancia 8 de Almería ordenase su ingreso involuntario. Recibió el alta médica con prescripción de tratamiento farmacológico aunque no ha trascendido cuál sería la patología de la que está diagnosticada y que motivó su internamiento.

Ana María B.L. también ha sido procesada por un presunto delito de abandono de familia por el Juzgado de Instrucción 2 de Almería y se enfrenta a seis meses de prisión acusada de desatender a su hijo al que no llevaba al colegio y está investigada por presuntos delitos de coacciones tanto al padre del menor y exmarido, como al abuelo paterno del niño.


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