• jueves, 18 de abril de 2024
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SUCESOS

Condenan a los padres de una pakistaní en Logroño por secuestrarla para que no se divorciara

La víctima fue engañada para que volviera a la casa familiar tras escaparse de su marido,primo suyo, diciéndole que su padre estaba enfermo.

Una balanza y un mazo, símbolos de la justicia
Una balanza y un mazo, símbolos de la justicia

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado las condenas por detención ilegal de entre cuatro y cinco años de prisión que impuso la Audiencia Provincial de Logroño a ocho ciudadanos pakistaníes que mantuvieron retenida a una mujer de su familia porque quería divorciarse.

"Las convicciones culturales y sociológicas de otros pueblos no pueden ser tuteladas por nuestro sistema cuando para su vigencia resulte indispensable un sacrificio de otros valores axiológicamente superiores", dice el alto tribunal en una sentencia hecha pública este miércoles.

Los magistrados también destacan que el papel secundario y subordinado que algunas sociedades otorgan a la mujer "nunca podrá aspirar a convertirse en un valor susceptible de protección".

La resolución describe la historia de Sumera Rafik, una mujer pakistaní, soltera, que vivía con su familia en Logroño y que fue enviada a Pakistán para que escogiera marido entre tres primos de su familia. Detalla que el hombre que se convirtió finalmente en su esposo la insultaba recibiendo --calificándola como "zorra puta", especifica el relato de hechos-- cuestionaba su manera de vestir y que trabajara fuera de casa.

Sumera intentó separarse en varias ocasiones, sin lograrlo, por lo que huyó a Barcelona. Su familia consiguió, con engaños, que regresara a Logroño donde la mantuvieron retenida en el domicilio. En concreto, la hicieron volver informándola de que su padre se encontraba en el hospital muy enfermo y que quería verla antes de morir.

Una vez en la vivienda familiar, sus padres y otros familiares le retiraron el móvil y le prohibieron salir de casa, donde la mantenían siempre bajo el control de dos personas. El control alcanzó tal punto que incluso las mujeres de su familia la acompañaban al baño.

INTENTÓ LESIONARSE

La sentencia explica que esta situación provocó que Sumera intentara lesionarse en dos ocasiones, una de ella con el cristal del espejo del baño y otra bebiendo lejía. Finalmente, en un descuido, pudo lanzar por la ventana tres notas sujetas por unas gomas de pelo, en las que pedía socorro. Una de esas notas cayó en la terraza de una vecina, que llamó a la policía.

La resolución, ponencia del presidente de la Sala, Manuel Marchena, da credibilidad al testimonio de la mujer, que contó con innumerables elementos de corroboración, como la declaración de los policías locales que acudieron al domicilio tras la llamada de la vecina.

Los agentes destacaron "el estado de liberación que experimentó Sumera, la ansiedad de su mirada cuando llamaron al domicilio paterno y las estrategias de simulación del resto de su familia y la ocultación de alguno de los documentos de identidad de la víctima", así como sus marcas en las muñecas.

Los jueces rechazan la pretensión de los recurrentes de invocar el error de tipo puesto que su conducta tiene una ilicitud intrínseca y notoriamente evidente. "Los acusados eran conscientes de que privaban de libertad a Sumera y le anulaban su libertad deambulatoria. De hecho, todos ellos participaron con una u otra contribución , en la efectividad del encierro", dice.

La Sala recuerda que la protección penal de la libertad forma parte de nuestro patrimonio jurídico y en este caso, la libertad de Sumera fue "radicalmente cercenada por su familia". "Lo fue cuando le impuso un matrimonio que no quería y cuando la encerró en el domicilio paterno para evitar su integración social y neutralizar cualquier intento de desarrollo de su proyecto existencial como mujer", indica la resolución.

Entre los condenados se encuentran la madre, hermana y cuñada de Sumera. El Supremo considera que la concepción patriarcal y de dominación de su cultura invocada por la defensa para situarlas como meras espectadoras, no puede justificar unas conductas que son intrínsecamente ilícitas.


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