• jueves, 28 de marzo de 2024
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POLÍTICA

Una senadora devuelve la prestación del paro que el Senado le autorizó a cobrar mientras ocupaba el escaño

La Cámara Alta dio luz verde a este ingreso, que es incompatible con el que se obtiene como senador.

TWITTER @CRIS_AYALA_
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Cristina Ayala, senadora del Grupo Popular por Burgos en la XI legislatura, devolverá la prestación por desempleo que cobró mientras ocupaba ya el escaño, un ingreso que es incompatible con el que se cobra en la Cámara Alta pero que el propio Senado autorizó.

El cobro del subsidio del paro es incompatible con el escaño, ya que los diputados y los senadores no pueden percibir más de una remuneración que proceda de las Administraciones Públicas u otros entes públicos.

Ayala ha explicado que el día 30 de enero se le ingresó la primera nómina procedente del Senado por las actuaciones desarrolladas desde su elección el 20D. Y ese mismo mes recibió también la prestación por desempleo por lo que, según ha relatado, pensó que se trataba de un error.

Concretamente, la senadora 'popular' recibió prestaciones de paro durante un mes y medio después de las elecciones del 20 de diciembre -desde el 1 de diciembre de 2015 hasta el 16 de enero de 2016-. La cuantía de estos ingresos ascienden a 2.258,5 euros, según ha detallado el Diario de Burgos.

"Aunque la fecha de alta efectiva como senadora es el 13 de enero (al tomar posesión) yo entiendo que tengo incompatibilidad desde el 20 de diciembre", ha manifestado Ayala, quien la pasada legislatura ocupó por primera vez un sitio en el hemiciclo del Senado.

BAJA EN LA PRESTACIÓN

Así las cosas, la parlamentaria se dirigió a su Oficina de Empleo para poder tramitar la devolución de las cantidades percibidas en concepto subsidio por desempleo tras el 20D. Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) comprobaron que la senadora había sido dada de alta en la Seguridad Social el 21 de enero -poco después de tomar posesión del cargo- por lo que se procedió a realizar una baja en su prestación del paro con dicha fecha.

Aunque la senadora devolvió el ingreso que entonces el SEPE estimó indebido, también expresó su disconformidad con la fecha de la baja realizada por el organismo: pidió que en vez de ser el 21 de enero, fuera desde el 20 de diciembre, día de las elecciones.

Según un escrito, este mismo miércoles el Servicio Público de Empleo Estatal reconoció su "error" en la fecha en la que en un primer momento tramitó la baja. Así pues, finalmente, la senadora desembolsará próximamente a las arcas públicas todo lo percibido mientras ocupaba su puesto en la Cámara Alta.

LUZ VERDE DEL SENADO

Todos los senadores elegidos en las elecciones generales del 20D tomaron posesión de su escaño el 13 de enero de 2016 y es entonces cuando deben presentar una declaración de actividades ante la Cámara.    

Cristina Ayala presentó dicha declaración en la que señalaba que cobraba el paro: "En la actualidad estoy percibiendo el subsidio de desempleo proviniente del SEPE", señaló en el expediente presentado el día 8 de enero y que fue modificado en tres ocasiones.

Aún así, la Comisión de Compatibilidades del Senado, encargada de estudiar las declaraciones de actividades extraparlamentarias de sus señorías para saber si existe alguna que sea incompatible con el escaño, dio por buena la de Ayala, según consta en el dictamen publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 14 de marzo.

Dicha Comisión aprobó esa declaración y la de 60 senadores más en la primera de las dos reuniones que mantuvo para hacer su trabajo. El documento fue después ratificado por el Pleno.

EL SENADO NO REVISÓ TODAS LAS DECLARACIONES

En total, el Senado dio luz verde a las declaraciones de 211 parlamentarios la XII Legislatura, dejando así por revisar las de 54 por falta de tiempo.

Todos los senadores deben presentar las declaraciones de sus actividades extraparlamentarias tras tomar posesión de su escaño en la Cámara alta para saber si existe alguna que sea incompatible con el escaño. En este caso, deben abandonarla para mantener el cargo público.

 Respecto a la incompatibilidad de ingresar la prestación por desempleo, los senadores solo pueden percibirla cuando dejen el escaño, según establece la ley de Régimen Electoral General.


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