• jueves, 28 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

A prisión un activista que pidió 16.000 euros a un matrimonio cuando la defensa era gratuita

El matrimonio perdió con las preferentes los 300.000 euros de la indemnización que obtuvieron después de que su hijo quedase tetrapléjico en un accidente de tráfico.

La PAH intenta paralizar un desahucio en el barrio del Soto de Lezkairu en Pamplona. PABLO LASAOSA
Intento de paralizar un desahucio. PABLO LASAOSA

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de dos años y nueve meses de prisión para el activista de una plataforma antidesahucios por estafar a una familia 16.500 euros que les requirió argumentando que era para pagar a su defensa en un litigio, no obstante en realidad los abogados actuaron desde el principio sin cobrar nada por lo que esa cantidad se la quedó él.

La Sala Segunda del alto tribunal estima parcialmente el recurso presentado por el acusado, que pertenecía a una plataforma antidesahucios, y suprime la pena de multa interpuesta por la Audiencia de instancia y que ascendía a 1.620 euros al entender que, en ese aspecto, se le condena "por un delito más grave del estrictamente acusado".

El hombre llegó a hacerse conocido por estar 24 días en huelga de hambre frente al Banco Santander del Paseo de Gracia de Barcelona en protesta por las preferentes.

Los hechos se produjeron en 2011 cuando el activista, que mantenía un litigio con el Banco Santander, realizó una ruta por diversas ciudades de España para recoger información de casos de afectados por el banco y realizar así un documental de denuncia. Fue entonces cuando conoció a un matrimonio cuyo hijo se encuentra en estado vegetativo con tetraplejia debido a un accidente de tráfico.

La pareja decidió invertir la indemnización obtenida de 300.000 euros en productos financieros (preferentes) ofrecidos por el Banco Santander en 2004 y que no pudieron recuperar cuando quisieron hacerlo cuatro años después. El activista decidió apoyar la causa y entre ellos nació una "relación de mucha confianza".

Por ello les puso en contacto con el despacho de abogados que le asistían en el procedimiento contra el banco y aceptaron hacerse cargo del asunto sin cobrar apiadándose de la delicada situación de dicha familia llegando a un acuerdo con la entidad por el cual devolvieron a la familia 200.000 euros en pagos fraccionados.

ABUSO DE CONFIANZA

Días después y "movido por un ánimo de ilícito beneficio", el hombre requirió al matrimonio la cantidad de 16.500 euros asegurándoles que era para pagar a los abogados; cuando la mujer llamó al despacho para pedir justificante del pago, que se hizo por transferencia bancaria a una cuenta con el nombre de su hijo, le dijeron que "ni cobraban ni habían recibido nada".

El alto tribunal concluye que se trató de una "argucia engañosa" y constata que se produjo abuso de confianza en la relación entre víctima y defraudador ya que, el condenado, "abdujo totalmente" al padre del joven tetrapléjico, quien llegó a admitir que le entregó más cantidades al acusado a espaldas de su mujer (en total 47.000 euros), porque le dijo que le iban a quitar la casa.

La Sala de lo Penal recuerda que el principio de confianza "no se encuentra ausente cuando se enjuicia un delito de estafa". "La Ley no hace excepciones a este respecto, obligando al perjudicado a estar más precavido en este delito que en otros, de forma que la tutela de la víctima tenga diversos niveles de protección", añade.


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