• martes, 19 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

"No es la única prueba": El vídeo encontrado por la Policía Foral, la clave en el juicio a la Manada en Pozoblanco

Mientras defensa y acusaciones se enfrentan sobre su validez, el juez demora a la sentencia su decisión sobre la nulidad o no del vídeo que grabaron los procesados sobre los hechos.

Los cuatro miembros de la Manada, acusados por abusos sexuales en Pozoblanco, durante el juicio EUROPA PRESS
Los cuatro miembros de la Manada, acusados por abusos sexuales en Pozoblanco, durante el juicio EUROPA PRESS

Los cuatro miembros de 'La Manada' acusados de por abusar sexualmente de una joven de 21 años en la localidad cordobesa de Pozoblanco, con anterioridad a los hechos del caso de los Sanfermines de 2016, por el que ya han sido condenados a 15 años de cárcel por violación junto a un quinto miembro más del grupo, se han acogido a su derecho a no declarar.

Así lo han manifestado ante el juez del Juzgado de lo Penal número 1 de Cordoba, Luis Javier Santos, tras declararse "inocentes" de los hechos. Mientras, el togado ha acordado demorar hasta la sentencia su decisión sobre la nulidad o no del vídeo que grabaron los cuatro procesados sobre los hechos y que ha centrado la primera sesión del juicio. Este vídeo fue descubierto por agentes de la Policía Foral, mientras investigaban la violación de Sanfermines.

Al respecto, el juez ha remarcado que "no es la única prueba existente en el procedimiento" y ha aludido al "consentimiento" prestado por los acusados ante el juez instructor de Pamplona, donde hallaron las grabaciones tras entregar sus teléfonos y la Policía Foral inició investigación.

El abogado de la defensa, Agustín Martínez Becerra, ha formulado protesta "por vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva".

En este sentido, el togado ha atendido las peticiones del fiscal, Jesús Aparicio, el abogado de la acusación que representa a la joven que denunció los abusos, Blas Arévalo, y de la letrada de la acusación popular, representada por la Asociación Clara Campoamor, Patricia Catalina.

Igualmente, el juez se ha opuesto a la alteración del orden de la prueba para que los acusados declararan al final de las testificales, tal y como había pedido la defensa, respaldada por el Ministerio Público, que no se ha opuesto, algo que sí han hecho las dos acusaciones. En palabras del togado, "no existe circunstancia especial que haga necesario alterar el orden establecido", porque "los acusados conocen perfectamente los hechos que se les imputan".

Por otra parte, el juez ha acordado la ampliación del informe pericial sobre la víctima, después de que la acusación popular ha presentado un informe médico del 27 de agosto de este año sobre unos hechos personales e íntimos de la víctima, que tuvo que acudir a urgencias.

En este caso, el fiscal y la acusación particular no se han opuesto, así como tampoco la defensa, que, no obstante, sí ha mostrado "la perplejidad y estupefacción" por que dicho informe no lo presente el abogado de la joven.

HASTA 7 AÑOS DE CÁRCEL

La acusación particular pide penas de dos años y seis meses de cárcel, órdenes de alejamiento por cinco años y un año de libertad vigilada por la supuesta comisión de delito continuado de abusos sexuales; así como cuatro años y tres meses de cárcel por delito contra la intimidad. También, reclama indemnización de 3.600 euros por las lesiones sufridas y 80.000 euros por el daño moral ocasionado.

Por su parte, la acusación popular ha solicitado las mismas penas que la representación de la joven. Y la defensa pide la absolución al considerar que "no existe delito".

Mientras, la Fiscalía solicita para los cuatro acusados penas de tres años de prisión por la supuesta comisión de un delito de abusos sexuales hacia la joven, cuatro años más por otro delito contra la intimidad y para uno de ellos, el último conductor, una multa de 720 euros por supuestamente causar lesiones leves.

El Ministerio Fiscal también pide para la víctima como responsabilidad civil una indemnización conjunta y solidaria que deberán pagar los acusados de 4.500 euros por su curación y 6.000 más por los daños morales causados, según ha informado la Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en base al escrito de calificación provisional.

Los hechos ocurrieron en la noche del 1 de mayo de 2016 y se hicieron públicos en septiembre de 2016 en la investigación de la causa que se estaba desarrollando en Pamplona y en la que estaban implicados los cuatro acusados en este caso y un miembro más del citado grupo, hechos por los que ya se encuentran en prisión.

EL VÍDEO ENCONTRADO POR LA POLICÍA FORAL, PRUEBA "ILÍCITA"

Así pues, Martínez Becerra, abogado de 'La Manada' ha manifestado después de que sus clientes se hayan acogido a su derecho a no declarar que es "absurdo" hacerlo al contar con una prueba "ilícita".

El abogado defensor de cuatro miembros de La Manada, Agustín Martínez Becerra (c-d) a su llegada a la ciudad de la Justicia de Córdoba donde ha comenzado la vista por los hechos acaecidos en Pozoblanco. EFE

En declaraciones a los periodistas al salir de la Ciudad de la Justicia de Córdoba, el letrado ha reiterado que resulta "obvio" no declarar porque "si se parte de la existencia de una prueba ilícita, que es la única prueba en la que se basan los dos delitos graves de los que se acusan, de abuso sexual y contra la intimidad, es absolutamente absurdo decir nada, ni contestar a ninguna pregunta, ni tan siquiera a las mías".

En su opinión, "en este procedimiento se va a hacer un juicio sobre un juicio, sobre las formas de obtener las pruebas, más que sobre las pruebas", advirtiendo de que las pruebas obtenidas en el juicio "no son lícitas".

Al respecto, ha aseverado que a lo largo del procedimiento "se acreditará si la aportación del móvil era un especie de barra libre para que la Policía pudiese intervenir e interceptar cualquier tipo de hecho delictivo que hubiesen realizado con anterioridad al día 6 de julio (por los hechos de los Sanfermines)" o si, como mantiene y alude a los autos del juzgado de Navarra, "se tenían que limitar a investigar los hechos acontecidos los días 6 y 7".

Según ha expuesto, "ninguna autoridad judicial autorizó que se buscaran en fechas anteriores y eso se hizo por parte del fiscal", a lo que ha añadido que "hablar de un descubrimiento casual resulta un poco absurdo, porque no es casual que en una investigación que se realiza para ver si alguien que supuestamente ha cometido un delito el día 6 de julio ha podido cometer otro delito el día 30 de abril".

Y es que, ha subrayado que "todo proviene de una investigación de unos vídeos que se obtienen de manera ilegítima y todo lo demás esta fuera y se convierte en ilícito", aunque ha dicho que "es cierto que quedaría un delito que estaría en función de la denuncia con el delito leve de maltrato, que quedaría eximido".

Al hilo, durante las cuestiones previas, Martínez Becerra ha dicho que el juez de Instrucción 4 de Navarra "hábilmente se dio cuenta" de que el vídeo solo "no iba a ninguna parte y necesitaba de la existencia de una denuncia", de modo que "el juez sitúa Pozoblanco dentro de su jurisdicción y envía a dos agentes de la Policía Foral para que localicen a la chica en Pozoblanco y obtener una denuncia para dar pie a justificar toda la investigación, y así lo hacen".

Por tanto, en ese momento, ha subrayado que "la chica denunció con el vídeo y añadió una serie de elementos que están fuera del vídeo", con "tres escenarios distintos", como con una conversación telefónica, su denuncia en el Juzgado de Pozoblanco y luego una siguiente declaración que presta en instrucción.

Por tanto, ha lamentado que "habrá que celebrar todo el juicio con lo que eso conlleva y con cierta contaminación que pueda tener el juez a la vista de la práctica de un juicio con una prueba ilícita".

CONSINTIERON INVESTIGAR LOS MÓVILES

Por su parte, el fiscal se ha opuesto "radicalmente" a la nulidad del vídeo, porque en la investigación "no se ha vulnerado derecho fundamental alguno", a lo que ha añadido que "la defensa cae en una pequeña trampa en su legítimo derecho, porque obvia el consentimiento".

Y es que, según ha aclarado, "hay consentimiento expreso de los cuatro acusados para que se examinen sus teléfonos móviles, reforzado por el cosentimiento presunto, como suministrar las claves de acceso a sus teléfonos". Además, "ninguno limita, ni restringe el consentimiento prestado, ni el letrado que los asistía en ese momento", ha apostillado.

Asimismo, ha señalado que "no se ha producido una injerencia en el derecho a la intimidad de los acusados", a la vez que ha insistido en que "la obtención de los vídeos por la Policía Foral no está amparada solo por consentimiento expreso, sino por resoluciones judiciales". A su juicio, ha habido "un hallazgo inevitable" por parte de las fuerzas policiales y como consecuencia de ello se inicia la investigacion.

Por su parte, el abogado de la joven se ha opuesto a anular el vídeo, porque "no hubo limitación en el acceso a los teléfonos por parte de los acusados, que autorizaron a la Policía para que accediera al contenido", por lo que ha aseverado que "es lícita la actuación".

Y la letrada de la acusación popular se ha opuesto a la nulidad del vídeo pedida por la defensa, porque "hay consentimiento para que los móviles fueran investigados" y en ellos "se descubren unos hechos diferentes" a los de Pamplona.

Según ha afirmado, "son unos hechos delictivos que requieren que se llegue a un procedimiento penal con todas las garantías" y "no ha habido vulneración de derechos fundamentales de ninguno de los acusados", a lo que ha sumado que "la joven no denunció porque tenía mucho miedo y no los conocía". Para la abogada son unas grabaciones "tan vejatorias", que ha pedido al juez, "por favor", que no las anule.

Los hechos ocurrieron en la noche del 1 de mayo de 2016 y se hicieron públicos en septiembre de 2016 en la investigación de la causa que se estaba desarrollando en Pamplona y en la que estaban implicados los cuatro acusados en este caso y un miembro más del citado grupo, hechos por los que ya se encuentran en prisión.

LA MANADA, "TRANQUILOS"

Preguntado por el estado de sus clientes, ha dicho que están "tranquilos en la medida que pueden estarlo", porque "están cumpliendo su condena y se pretende que no existan causas generales", puesto que "ya han sido condenados por un delito", y en este espera que "se cumplan las normas procedimentales que se exigen en un estado de derecho". A su juicio, "no vale todo para todos con todo, hay que cumplir unas normas y requisitos que se deben exigir".

Por otra parte, el abogado ha insistido en su "extrañeza y perplejidad" por que el abogado particular de la joven no haya presentado el informe médico adicional y sí la acusación popular, representada por la Asociación Clara Campoamor.


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