• viernes, 29 de marzo de 2024
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SUCESOS

La vida entre rejas: el crimen del niño Gabriel encaja en los supuestos de la prisión permanente revisable

Se trata del asesinato a una víctima menor de 16 años, uno de los delitos en los que se aplica esta pena de cárcel por tiempo indefinido.

Imagen de la búsqueda de Gabriel Cruz, el niño desaparecido en Níjar (Almería) EUROPA PRESS
Imagen de la búsqueda de Gabriel Cruz, el niño desaparecido en Níjar (Almería). EUROPA PRESS

El crimen del niño Gabriel Cruz, cuyo cadáver ha sido hallado este domingo en el maletero del coche de la pareja de su padre, encaja en los supuestos de la prisión permanente revisable, la máxima pena privativa de libertad que existe en el Código Penal español.

En concreto, de confirmarse el asesinato del niño de 8 años, la prisión permanente revisable se podría imponer, al tratarse de una víctima menor de 16 años, uno de los delitos en los que se aplica esta pena de cárcel por tiempo indefinido y sujeta a revisiones que pueden servir para que el reo recupere la libertad.

El objetivo de la prisión permanente revisable, aprobada en el 2015 como parte de la Ley de Seguridad Ciudadana, con los únicos votos a favor del PP, es impedir que los delincuentes más peligrosos que no han demostrado capacidad de reinserción puedan volver a la sociedad, poniendo en peligro la seguridad de las personas.

Hasta su entrada en vigor, el Código Penal establecía unos límites de 25, 30 o 40 años de cárcel, según la gravedad de las penas (artículo 76), aunque reconocía el cumplimiento sucesivo de penas en caso de acumulación.

CIRCUNSATANCIA AGRAVANTE

La prisión permanente revisable sólo puede imponerse por asesinatos en los que concurra una específica circunstancia agravante, como cuando la víctimas es menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable, o cuando es subsiguiente a un delito contra la libertad sexual.

También se puede imponer en los casos de asesinatos múltiples, en los cometidos por miembros de una organización criminal, contra la Corona (matar al Rey, o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, o a la Reina consorte, entre otros), en delitos contra el derecho de gentes (matar o violar la inmunidad personal de un jefe de Estado extranjero o de otra persona internacionalmente protegida por un tratado), en delitos de genocidio y de lesa humanidad, en la obstrucción de la recuperación del cadáver, en los asesinatos después de secuestro, en las violaciones en serie, en las violaciones a menores tras privarlos de libertad o torturarlos, o en las muertes provocadas en incendios, estragos causados en infraestructuras críticas y liberación de energía nuclear o elementos radiactivos.


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