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NACIONAL

El juez archiva el proceso contra la cúpula de El Corte Inglés por apropiación indebida y corrupción entre particulares

El juez de establece el sobreseimiento provisional por "debilidad indiciaria", a lo que añade que no concurren elementos de tipo penal.

Edificio de El Corte Inglés en Pamplona.
Edificio de El Corte Inglés en Pamplona.

El juzgado de Instrucción número 46 de Madrid ha dictado el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones contra el presidente y varios consejeros de El Corte Inglés por presuntas irregularidades en las comisiones pagadas a los intermediarios de la entrada en la compañía del inversor qatarí.

La querella fue interpuesta por Corporación Ceslar, dueña del 9,001 % de El Corte Inglés, contra el presidente del grupo, Dimas Gimeno; los consejeros Manuel Pizarro, Carlos Martínez Echevarría, Shahzd Shahbaz y Florencio Lasaga; y el secretario del consejo y responsable jurídico de la compañía, Antonio Hernández Gil.

Ceslar denunció los delitos de administración desleal y blanqueo de capitales (ambos inadmitidos por la Audiencia de Madrid), y los de apropiación indebida y corrupción entre particulares, entre otras cuestiones, por el pago de 17,55 millones a Noganoir y Tereze, que asesoraron e intermediaron la operación que dio entrada en la compañía al jeque Hamad Bin Jassim Bin Jaber Al Thani en 2015.

En un auto, al que ha tenido acceso Efe, el juez de establece el sobreseimiento provisional por "debilidad indiciaria", a lo que añade que no concurren elementos de tipo penal y que los hechos denunciados tienen un "claro" componente mercantil, por lo que deberían ser llevados a otras vías jurisdiccionales.

El magistrado considera que no concurren indicios que permitan la continuación del procedimiento, ya que de las diligencias practicadas no se deriva que las personas investigadas sean los autores de los delitos de apropiación indebida y de corrupción entre particulares.

LEALTAD PROFESIONAL

Tampoco concurre ninguno de los requisitos del delito de apropiación indebida, "ya que ni ha existido un quebrantamiento de la lealtad profesional ni consta que en la relación jurídica a la que se hace mención en la querella se haya desviado cantidad de dinero alguna a la finalidad previamente pactada".

El juez señala que los trabajos desarrollados por ambas sociedades fueron llevados a cabo de manera real y la operación en su conjunto fue aprobada por el consejo de administración de El Corte Inglés, a lo que añade que no ha quedado acreditado perjuicio para la entidad.

El pasado mes de julio, el juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid desestimó la demanda en la que Ceslar, que públicamente se opuso a la entrada del inversor qatarí, pedía que se declarara nulo su cese como miembro del consejo de administración, aprobado por la Junta de Accionistas en agosto de 2015.

PRÉSTAMO DE MIL MILLONES

La sentencia concluía que el cese fue ajustado a derecho porque la legislación vigente establece que los administradores "podrán ser separados de su cargo en cualquier momento por la junta general".

El juez rechazó también la petición de que se declararán nulas las modificaciones estatutarias que permitieron entrar en el consejo de la compañía sin ser accionista al jeque, que podría hacerse con más del 15 % de la compañía tras haberle concedido un préstamo de 1.000 millones convertible en acciones.

En marzo, el juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid desestimó la demanda presentada por Ceslar por entender que había sido vulnerado su derecho a la información por no entregarle en tiempo y forma las cuentas de 2013.

La demanda fue presentada por Carlota Areces, representante hasta agosto de 2015 de Ceslar en el consejo de administración de El Corte Inglés, del que fue expulsada por supuestamente revelar información confidencial de la compañía en relación con el inversor qatarí. 


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