• jueves, 28 de marzo de 2024
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TERCERA

Apelación desestima el recurso del Baztán por la sanción de dos partidos a Javier Urrutia

Fue expulsado por "empujar violentamente golpeando con las manos en el pecho de un adversario, no estando el balón en juego”.

Equipo titular del Baztán. Facebook Luis Ongay.
Equipo titular del CD Baztán. Facebook Luis Ongay.

El comité de apelación de la RFEF ha desestimado este jueves el recurso del CD Baztán por los dos partidos de suspensión con los que ha sido sancionado su jugador Javier Urrutia.

El acta arbitral del encuentro del Campeonato Nacional de Liga de Tercera División, disputado el día 20 de enero de 2018 entre la UCD Burladés y el CD Baztan, en el apartado de jugadores, bajo el epígrafe de expulsiones, literalmente transcrito, dice: “C.D. Baztan: En el minuto 32, el jugador (9) Javier Urrutia Carricaburu fue expulsado por el siguiente motivo: Empujar violentamente golpeando con las manos en el pecho de un adversario, no estando el balón en juego”.

Según el comité de apelación, "el recurrente no presenta alegación alguna en la primera instancia dentro del plazo legalmente establecido para ello, que señale o pruebe algo para desvirtuar los hechos contenidos en el acta arbitral, hablando exclusivamente de un “posible error de identificación”, pero quedándose en esa manifestación, no pudiendo pretender en esta instancia tal y como se indica en su escrito de recurso que se conceda la suspensión cautelar del sancionado hasta que “se investigue la situación”.

La Resolución objeto de recurso se encuentra "a juicio de este Comité , correctamente fundamentada, siendo congruente el Acuerdo adoptado en la misma con la descripción que del hecho se realiza en el Acta arbitral, observando que ha sido aplicada de manera correcta la disposición disciplinaria correspondiente al hecho enjuiciado, (Art. 114.1 del Código Disciplinario), aunque igualmente encaja en el tipo sancionador lo recogido en el artículo 123.2 y cuyas consecuencias disciplinarias son idénticas , al recoger la sanción mínima de suspensión durante dos partidos". 

Por todo ello, decide "desestimar el recurso formulado por el Club Deportivo Baztan, confirmando el acuerdo impugnado", recaído en resolución del Juez de Competición de la Federación Navarra de Fútbol de fecha 23 de enero de 2018.


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