• jueves, 18 de abril de 2024
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SALUD

Navarra amplía aforos en actividades culturales y deportivas: estas son las nuevas medidas

El Gobierno de Navarra ha anunciado que los nuevos aforos dependen del tipo de recinto, pero el máximo es del 75 %.

Concierto de Perales en el Navarra Arena. MIGUEL OSÉS
Concierto de Perales en el Navarra Arena. MIGUEL OSÉS

El Gobierno de Navarra ha modificado la Orden Foral 22/2021 por la que se adoptan medidas específicas de prevención frente al Covid-19 como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica. Así, la nueva norma recoge como principales novedades la flexibilización en las actividades destinadas a espectáculos públicos, actividades recreativas o de ocio. En los eventos celebrados en recintos cerrados que tengan capacidad de aforo superior a 2.400 personas no se podrá superar el 40% de ocupación, y por su parte, en los recintos abiertos y con capacidad superior a 5.000 personas, el aforo máximo no podrá rebasar el 60%.

La nueva norma, que entrará en vigor la medianoche del jueves 9 al viernes 10 y se mantendrá vigente hasta el jueves 16 de septiembre (incluido), incluye un primer paquete de flexibilización de medidas en base a la monitorización de la evolución de la situación epidemiológica y el impacto asistencial bajo el criterio de la proporcionalidad, para permitir la recuperación de la actividad social, económica y emocional.

El portavoz del Gobierno foral, Javier Remírez, ha explicado, en la rueda de prensa tras la sesión del Ejecutivo, que "estamos ante una evolución positiva de descenso de casos y de presión asistencial que nos hace, en coherencia con la estrategia que sigue el Gobierno foral, avanzar en medidas de flexibilización".

Son medidas, ha dicho, que "surgen del diálogo abierto entre los departamentos del Gobierno y con los distintos sectores afectados por las medidas".

En ese sentido, según el informe presentado por el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (ISPLN), la incidencia acumulada a los 14 días ha descendido a 192,47 casos por 100.000 habitantes y a los 7 días se ha estabilizado en 94,57 nuevos casos, ambos parámetros en nivel de riesgo alto. En cuanto al impacto asistencial, la ocupación de camas de agudos va disminuyendo lentamente situándose en riesgo bajo, y en la UCI también se registra un descenso paulatino, aunque la ocupación se mantiene en riesgo alto, con 23 camas de cuidados críticos ocupadas por pacientes con Covid-19.

La nueva Orden Foral, además de la flexibilización en las actividades destinadas a espectáculos públicos, actividades recreativas o de ocio, permite también que las competiciones y eventos deportivos se realicen con público siempre que no se supere el 60% del aforo máximo permitido en espacios exteriores y del 40% en espacios interiores.

En cualquier caso, durante la celebración de las competiciones y eventos deportivos no se podrá consumir alimentos, bebidas, tabaco ni productos derivados. El uso de la mascarilla se regirá por la normativa general del uso de la misma.

GRANDES RECINTOS

En lo que respecta a las actividades culturales, de cines, teatros, auditorios, circos de carpa y similares, así como recintos al aire libre y otros locales similares y establecimientos destinados a espectáculos públicos, actividades recreativas o de ocio, la Orden Foral recoge que en los recintos cerrados y con capacidad superior a 2.400 personas, el aforo máximo no podrá superar el 40%, y en los recintos abiertos y con capacidad superior a 5.000 personas, el aforo máximo no podrá superar el 60%. Con carácter general, no se permitirá la venta ni el consumo de alimentos y bebidas durante el evento, y tampoco el consumo de tabaco.

Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y similares con capacidad de aforo de menos de 2.400 personas, podrán desarrollar su actividad contando con butacas preasignadas, siempre que no superen el 75% del aforo máximo permitido.

Además, los recintos con capacidad entre 1.000 y 2.400 personas deberán presentar una declaración responsable en la que se comprometan a tener un medidor de CO2, así como que se garantiza en todo momento el uso de la mascarilla.

USO DE MASCARILLA PARA EL ALUMNADO

En lo que se refiere al alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil, el uso de la mascarilla será obligatorio para los espacios comunes fuera de las aulas, así como entradas y salidas del centro. No será obligatorio cuando los alumnos se encuentren en espacios al aire libre y durante los periodos de recreo dentro del recinto escolar.


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