• viernes, 19 de abril de 2024
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TRIBUNALES

La justicia vasca rechaza el pasaporte Covid y en Aragón pide a Gobierno y Fiscalía alegaciones

El presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Luis Garrido, disiente del voto mayoritario y cree que debería autorizarse.

Instalaciones de FOREM del Servicio Navarro de Salud donde se realizan pruebas PCR y se vacuna. MIGUEL OSÉS
Instalaciones de FOREM del Servicio Navarro de Salud donde se realizan pruebas PCR y se vacuna. MIGUEL OSÉS

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha rechazado que se pueda exigir en Euskadi el 'pasaporte covid' como condición para acceder a los locales de ocio nocturno y a los restaurantes de más de 50 comensales en Euskadi, medida para la que solicitó autorización judicial el Gobierno Vasco. Unas condiciones similares a las que planteó el Gobierno de Navarra este pasado viernes, cuando presentó su propuesta de implantar el certificado Covid en la Comunidad Foral.

La decisión del TSJPV cuenta con el aval de dos magistrados y el voto particular de su presidente, Luis Garrido, que disiente del parecer mayoritario, al considerar que tenía que permitirse la implantación del 'pasaporte covid'. La resolución puede recurrirse ante el Tribunal Supremo en un plazo de tres días desde su notificación.

El tribunal ha denegado la solicitud del Ejecutivo de Iñigo Urkullu para implantar el certificado covid digital de la UE en establecimientos de ocio nocturno, pese a que ya está en vigor en Baleares, Cataluña y Galicia, y también la reclaman muchas otras comunidades autónomas.

La Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJPV ha resuelto en contra de la petición del Gobierno Vasco en un auto que ha hecho público tras reunirse desde las 9.30 horas para deliberar.

La pretensión del Ejecutivo era reclamar el pasaporte covid en discotecas, salas de baile, de fiesta con espectáculo, bares musicales o karaokes, así como en los pubs y bares especiales incluidos en el Grupo III a partir de las 22.00 horas o en los restaurantes con más de 50 comensales siempre que Euskadi supere los 150 casos por cada 100.000 habitantes en 14 días.

ALEGACIONES POR POSIBLE INCOSTITUCIONALIDAD

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha pedido al Gobierno de Aragón y la Fiscalía que presenten sus alegaciones ante una posible cuestión de inconstitucionalidad por el pasaporte COVID.

Ante la petición del Ejecutivo autonómico de instaurar el denominado pasaporte COVID, la Sala Contencioso-Administrativo del TSJ de Aragón, ha dictado este lunes una providencia pidiendo a las partes que hagan sus alegaciones por un posible vicio de inconstitucionalidad del artículo 10.8 de la LJCA. Las partes disponen ahora de un plazo de 10 días para hacerlas llegar al tribunal.

En la providencia los magistrados, como ya ha ocurrido en resoluciones anteriores, reiteran que lo que se presenta a consideración del órgano judicial es una decisión de la Administración por lo que razonan que podría existir un posible vicio de inconstitucionalidad del artículo 10.8 de la LJCA.

Han explicado que "el artículo 10.8 de la LJCA, cuestionado ahora en su constitucionalidad, dota a la jurisdicción de una dimensión diferente a la que le corresponde como propia, que no es otra que la de jurisdicción revisora".

También han añadido que el mencionado artículo de la LJCA "propone en estos casos una solución de "cogobierno" que excede de las funciones propias de la jurisdicción, conforme a lo dispuesto en el artículo 117.3 de la Constitución Española, y la hace partícipe --(a la jurisdicción)-- en un proceso de toma de decisiones que sólo compete, por principio, a la Administración, tal y como se desprende del artículo 106.1 de la Constitución Española".

En su resolución han aclarado los magistrados que "no se trata de generar una situación de "bloqueo" ya que tampoco la administración queda "impedida de adoptar las medidas que estime oportunas para cumplir con su también función constitucional". Han concluido que "la propia Administración actúa en cada caso como tiene por oportuno y más correcto, y el tribunal se limita al cumplimiento estricto de lo que la Ley le impone". Por todo ello es por lo que plantea el tribunal un potencial vicio de inconstitucionalidad.

Ante esta providencia cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días.

El Gobierno aragonés ha puesto de manifiesto tras conocer dicha resolución, que "está analizando la resolución y explorando fórmulas para implantar el pasaporte COVID".


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